Migraciones y Extranjería

Mar del Plata

Brindamos asesoramiento y gestión integral en derecho migratorio a extranjeros de todas las nacionalidades que desean radicarse en Argentina, obtener su ciudadanía o regularizar su situación migratoria.

Acompañamos a cada persona en el proceso de radicación, ciudadanía y regularización ante la Dirección Nacional de Migraciones, con un enfoque personalizado que combina estrategia legal, eficiencia administrativa y acompañamiento real en cada etapa del trámite.

Marco legal: Ley N° 25.871

Normativa vigente en Argentina

El derecho migratorio argentino se rige por la Ley N° 25.871 y su Decreto Reglamentario N° 616/2010. Esta ley reconoce el derecho a migrar como un derecho humano esencial y establece las categorías de residencia, los requisitos de ingreso y permanencia, y los procedimientos administrativos ante la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

El trámite de residencia es de naturaleza administrativa: se inicia y gestiona directamente ante la DNM a través del sistema Ra.D.Ex (Radicación a Distancia), sin necesidad de recurrir a la vía judicial o federal. La intervención de un abogado especializado en derecho migratorio garantiza que el trámite sea correcto desde el inicio, evitando rechazos, demoras y observaciones.

Ley N° 25.871 — Art. 3: El Estado asegura las condiciones para la igualdad real de trato. Art. 10: Residencias transitorias, temporarias y permanentes. Decreto N° 616/2010 — Reglamentación.

Tipos de residencia en Argentina

Residencia Temporaria

  • Trabajador migrante
  • Estudiante
  • Inversor
  • Rentista y pensionado
  • Artistas y deportistas
  • Personal calificado y científico
  • Reunificación familiar
  • Nacionales del Mercosur y Estados asociados

Residencia Permanente

  • Familiar de ciudadano argentino (cónyuge, hijos, padres)
  • Familiar de extranjero con residencia permanente
  • Residente temporario Mercosur con 2 años de permanencia
  • Residente temporario no Mercosur con 3 años de permanencia
  • Nacido en territorio argentino

Residencia Transitoria

  • Turista (hasta 90 días, renovable)
  • Tránsito vecinal fronterizo
  • Tripulantes de transporte internacional
  • Académicos y tratamiento médico

Residencia Precaria

  • Se otorga al iniciar el trámite de residencia
  • Vigencia de 180 días, renovable
  • Permite trabajar, estudiar y permanecer legalmente
  • Habilita a gestionar CUIL y DNI provisorio

Servicios migratorios

Radicación y residencias

  • Residencias temporarias y permanentes (todas las categorías)
  • Ciudadanos del Mercosur y Estados asociados
  • Cambio de categoría migratoria
  • Renovación de residencias y certificados
  • Residencia precaria: obtención y renovación
  • DNI para extranjeros
  • Cuotas de radicación

Ciudadanía argentina

  • Ciudadanía argentina por naturalización (art. 1 Ley 346)
  • Ciudadanía por opción (hijos de argentinos)
  • Ciudadanía por matrimonio con argentino
  • Ciudadanía por residencia en territorio argentino
  • Gestión de DNI argentino y pasaporte
  • Apostilla y legalización de documentos

Regularización migratoria

  • Regularización de situación irregular
  • Residencia precaria y renovaciones
  • Recurridos administrativos ante la DNM
  • Apelación de rechazos de residencia
  • Levantamiento de prohibiciones de ingreso
  • Falso turista: regularización de situación

Defensa migratoria

  • Defensa ante procedimientos de expulsión (Título VI Ley 25.871)
  • Recurso de cancelación de residencia
  • Defensa ante retención migratoria

Cómo es el proceso

1

Análisis del caso

Evaluamos su situación migratoria, nacionalidad y circunstancias para determinar la categoría más conveniente.

2

Carga en Ra.D.Ex

Iniciamos el trámite a través del sistema de Radicación a Distancia de la DNM, con la documentación correcta.

3

Residencia precaria

Obtiene su certificado de residencia precaria que le permite vivir y trabajar legalmente mientras se resuelve.

4

Residencia y DNI

Aprobada la solicitud, obtiene la residencia definitiva y gestionamos el DNI correspondiente.

Documentación necesaria

Checklist para iniciar el trámite

Importante: La documentación extranjera debe estar legalizada o apostillada y, si está en otro idioma, traducida por traductor público matriculado. La Ley N° 25.871 y el Decreto N° 616/2010 establecen los requisitos específicos para cada categoría.

Nuestro diferencial

Conocimiento de la Ley 25.871

Dominio de la normativa migratoria vigente y su reglamentación, garantizando que cada trámite cumpla con los requisitos legales desde el inicio para evitar rechazos y demoras.

Gestión Administrativa Directa

El trámite de residencia es administrativo y se gestiona ante la DNM. Nosotros lo acompañamos en cada paso del sistema Ra.D.Ex, asegurando que la documentación sea correcta.

Estrategia por Categoría

Cada nacionalidad y circunstancia tiene una vía migratoria óptima. Analizamos si le corresponde ruta Mercosur o extra-Mercosur y cuál categoría maximiza sus chances de aprobación.

Defensa Migratoria Completa

No solo gestionamos residencias. También lo defendemos ante rechazos, cancelaciones, procedimientos de expulsión y prohibiciones de ingreso, con recursos administrativos y judiciales.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos tipos de residencia existen en Argentina?

La Ley N° 25.871 (art. 10) prevé tres tipos: transitoria (turistas, hasta 90 días), temporaria (trabajo, estudio, inversión, Mercosur, entre otras) y permanente (familiar de argentino, por tiempo de residencia temporaria, entre otras).

¿Cómo obtengo la residencia permanente?

Según el art. 22 de la Ley N° 25.871, puede accederse a la residencia permanente siendo familiar de ciudadano argentino, familiar de extranjero con residencia permanente, o por transcurso del tiempo: 2 años de residencia temporaria para nacionales del Mercosur, o 3 años para nacionales de países extra-Mercosur. Debe acreditar permanencia en el territorio argentino superior al 50% del plazo de residencia otorgado.

¿Puedo trabajar con la residencia precaria?

Sí. La residencia precaria que se otorga al iniciar el trámite de radicación permite trabajar, estudiar y permanecer legalmente en Argentina. Tiene una vigencia de 180 días y es renovable. También habilita a gestionar CUIL y DNI provisorio.

Ley N° 25.871 — Art. 20: Derechos del residente precario.

¿Qué pasa si mi solicitud de residencia es rechazada?

Si la DNM rechaza su solicitud, puede interponer un recurso administrativo dentro del plazo legal. Es fundamental actuar rápido, ya que los plazos corren desde la notificación. El rechazo no apelado puede derivar en una expulsión del país. Le asesoramos en la vía recursiva más eficiente para su caso.

¿Cómo obtengo la ciudadanía argentina?

La ciudadanía argentina por naturalización se solicita ante juez federal (art. 2 Ley N° 346), debiendo acreditar residencia en Argentina (mínimo 2 años, con excepciones por matrimonio o hijos argentinos). La ciudadanía por opción corresponde a hijos de argentinos nacidos en el exterior. Ambos trámites son distintos al de residencia.

¿Qué documentación necesito y cómo la legalizo?

La documentación extranjera debe estar legalizada o apostillada (Apostilla de La Haya) y, si está en otro idioma, traducida por traductor público matriculado en Argentina. Los requisitos varían según la categoría de residencia. La Ley N° 25.871 y el Decreto N° 616/2010 establecen los requisitos específicos.

¿Cuánto tarda el trámite de residencia?

Los plazos varían según la categoría, la nacionalidad del solicitante, la completitud de la documentación y los tiempos de la DNM. Lo importante es iniciar el trámite correctamente desde el inicio para obtener la residencia precaria mientras se procesa la solicitud definitiva. Un trámite bien presentado reduce significativamente las demoras.

Ley N° 25.871 — Art. 29: La DNM debe resolver en un plazo razonable; la demora injustificada habilita recursos.

¿Necesito ir personalmente a Migraciones?

El trámite se inicia de forma online a través del sistema Ra.D.Ex (Radicación a Distancia). Una vez cargada la solicitud, la DNM le enviará una cita por correo electrónico para presentarse en la delegación más cercana a su domicilio. Nuestro estudio lo acompaña en todo el proceso.

¿Qué hago si me notifican una expulsión o cancelación de residencia?

Puede impugnarla a través de los recursos previstos en el Título VI de la Ley N° 25.871. Es fundamental contar con asesoramiento legal a la brevedad, ya que los plazos para recurrir corren desde el momento de la notificación. La falta de apelación puede derivar en la ejecución de la medida.

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